Nota de asociados a la APS en la agencia EFE
Afiliados a la APS en la Agencia EFE de Sevilla expresamos nuestro profundo malestar por el hecho de que la APS haya divulgado en su página web y por correo electrónico a sus asociados una nota sobre la «condena a la agencia EFE por vulnerar la intimidad de una menor» que, a nuestro juicio, omite importantes datos para contextualizar de forma adecuada la noticia:
1.- La nota omite que la demandante, madre de la menor afectada, es periodista y afiliada a la APS.
2.- La Agencia EFE no fue consultada antes de divulgar la nota.
3.- La sentencia condena a los cinco demandados -la Agencia EFE y cuatro periódicos que publicaron su noticia- a abonar una indemnización total de 5.000 euros, frente a los 109.000 euros que pedía la demanda.
4.- La sentencia reconoce el indudable interés informativo de la noticia de la Agencia EFE, pues daba cuenta del mal funcionamiento de la enseñanza como servicio público, y no considera que existiera ningún interés oculto en su divulgación, aparte del meramente informativo.
5.- El juez pondera los dos valores en conflicto -el interés informativo de la noticia y el derecho a la intimidad de una menor- y concluye que en este caso prevalece el segundo y, en consecuencia, la noticia no debió dar el nombre del instituto de Sevilla donde estudia la menor.
6.- La sentencia no es firme y la APS no debió divulgar en su página web y en los correos electrónicos enviados a sus asociados el nombre del periodista que redactó la noticia de la Agencia EFE.
7.- Nos sorprende que la APS considere «de interés para la profesión por la necesidad permanente de autocrítica y como una llamada a la reflexión» esta sentencia, en donde simplemente se dice que no se debió nombrar el instituto donde estudia la menor, y no otras muchas sentencias que se dictan todos los meses contra otros medios por vulneración de los derechos al honor y a la intimidad.
Suscriben esta nota Amanda González de Aledo, José Ramón Rodríguez, Antonia Vargas, Antonio Gutiérrez de Rueda y Violeta Gil.