10/10/2018
10/10/18

El Defensor del Pueblo recomienda a Instituciones Penitenciarias que regule y posibilite el acceso de periodistas a las cárceles

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  • Entre 2015 y 2017 no se produjo ninguna entrevista autorizada a un periodista
  • La respuesta evidencia la censura previa que se está produciendo, impidiendo que las personas presas puedan entrevistarse con profesionales de la información

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, recomienda a Instituciones Penitenciarias que regule el acceso de periodistas a las cárceles a través de un procedimiento para que los profesionales puedan mantener entrevistas con las personas presas. Así lo ha expresado este lunes en la respuesta a la queja que, desde la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS) y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), formularon hace dos años con motivo de la sanción que la cárcel de Córdoba impuso a un preso por hablar con un periodista sevillano.

Además, Fernández Marugán considera que debe existir “un procedimiento escrito con garantías” que concrete las razones por las que, en su caso, se deniega la autorización de la entrevista.

Para ambas asociaciones, la recomendación viene a evidenciar la censura previa que se está impidiendo el acceso de profesionales de la información a las prisiones, limitando así el derecho a la libertad de expresión e información de las personas presas y del colectivo de profesionales del periodismo.

Además, lamentan que, en su última comunicación, la administración penitenciaria justificara la negativa a autorizar la entrevista amparándose en la protección del derecho a la intimidad de las personas presas, como si de menores o personas discapacitadas se tratase. Por ello, exigen a Instituciones Penitenciarias que deje de obstaculizar la labor de los periodistas y que las autoricen, como lo hacen con el resto de profesionales.

Las organizaciones informan de que entre los años 2015 y 2017 no se produjo “ninguna entrevista autorizada con internos”, según se desprende de la respuesta del Gobierno a la pregunta realizada por la senadora de Podemos, Maribel Mora.

La APDHA asegura que el derecho a la comunicación y la expresión de las personas presas está recogido de manera específica en las Reglas Penitenciarias Europeas (artículo 24.2), que determinan que “los internos deben ser autorizados a comunicar con los medios” o en la propia Constitución Española, que fija que este derecho no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. En este caso, explica la APDHA, es aún más relevante, “si tenemos en cuenta la opacidad informativa que caracteriza las prisiones”, donde el año pasado se produjeron más de mil casos de tortura y malos tratos, según el informe La Tortura en el Estado Español 2017, de la Coordinadora para la Prevención y la Denuncia de la Tortura.

 

Comunicación APS